Categoría: Juremos Social

Divulgación de contenidos sobre la actividad de ayudar a los demás de juremos.

  • Felicidad en la Biodiversidad

    Felicidad en la Biodiversidad

    En Colombia se lleva a cabo la Convención Internacional de la Biodiversidad, un acuerdo entre países de todo el mundo para desarrollar estrategias de acción que detengan el cambio climático y reduzcan la creciente contaminación ambiental. El planeta es nuestro hogar, donde buscamos la felicidad, por lo que no solo los individuos deben contribuir con soluciones, sino también las naciones más poderosas, que son precisamente las que más contaminan y niegan el cambio climático. Vivir en felicidad implica convivir con los demás y trabajar juntos para preservar la biodiversidad, que es la huella más humana que podemos dejar en el planeta.

  • Juremos ser Felices 2da Edición

    Juremos ser Felices 2da Edición

    Apreciados amigos:

    Quiero compartirles la segunda edición de mi libro.

    Segunda edición del libro Juremos Ser Feleices
    Segunda edición del libro Juremos Ser Feleices

    CAPÍTULO UNO. DESEAR CON MODERACIÓN

    Nuestras decisiones financieras y de consumo son las que al final nos producen angustia y ansiedad. Las multinacionales hoy en día procesan la big data, la analítica web y la inteligencia artificial, para manipular nuestros deseos de consumo y elecciones de compra, con técnicas de seducción, tentación, intimidación, y provocación, y así logran que terminemos comprando lo que no necesitamos. Aprenderemos aquí la liberación del desear sin manipulación externa.

    CAPÍTULO DOS. HACER LO QUE SE AMA

    El trabajo diario debería darnos satisfacción y alegría personal. Pero con frecuencia no es así, padeciendo el desagrado y la frustración profesional. En este capítulo encontrarás tu axiología profunda, con base en la teoría de Max Neef, para que tu vida laboral sea satisfactoria, acorde a lo que realmente tú eres y quieres.

    CAPÍTULO TRES. AYUDAR A LOS DEMÁS

    Ayudar a otros produce felicidad. En este capítulo entenderás como ayudar a otras personas para que todos podamos tener justicia e igualdad, sobre todo ahora que el nuevo orden normativo será el de la solidaridad.

    CAPÍTULO CUATRO. AMAR Y SER AMADO

    En el confinamiento es necesario conocer la escala de necesidades del otro para entenderlo y también para que el otro nos entienda. Este capítulo incluye un test interactivo gratuito con la página www.juremosserfelices.com para vivir la felicidad con tu pareja, y también para saber orientar a tus hijos con el
    término medio en el afecto y el término medio en la autoridad.

    CAPÍTULO SEIS. CUIDAR DE SÍ MISMO

    Los pensamientos, las emociones y el sueño se han venido alterando en los días de la pandemia. Encontrarás aquí unos tips urgentes para tu salud mental con el patrón de pensamiento que propone la sicología positiva de
    Harvard, emocional con el manejo adecuado de los estados de ira, el miedo, la tristeza y el desagrado; física para vivir con la longevidad de los habitantes de las zonas azules, y financiera para lograr libertad y tranquilidad.

    CAPÍTULO SEIS. ESTAR EN EL PRESENTE

    El exceso de trabajo, el estrés, la preocupación por el futuro y el deseo de controlarlo todo, nos han apartado del aquí y el ahora. Encontrarás como recuperar el tiempo presente en tu vida para gozar de los placeres sencillos, valorar lo que tenemos y evitar lo innecesario.

    CAPÍTULO SIETE. VIVIR ESPIRITUALMENTE

    El materialismo, la falta de compasión y de espiritualidad, nos han hecho perder el sentido de la vida.
    Aprenderás aquí a vivir con un propósito amoroso que deje un legado espiritual a tu familia y a tu sociedad.

    Inversión $40.000 (incluye el domicilio a cualquier ciudad de Colombia).
    Pedidos: WathsApp +573113468163 /correo: juremosserfelices@gmail.com
  • Ayudar en la atención humanitaria a la migración venezolana

    Ayudar en la atención humanitaria a la migración venezolana

    1. La situación actual de los migrantes venezolanos es crítica, pues están deambulando por las calles de Colombia, Ecuador, Perú, y Brasil, entre quienes se encuentran niños, mujeres en embarazo, adultos mayores y enfermos, en situación de vulnerabilidad por ausencia de planificación de albergues y ayudas humanitarias en la municipalidad.
    2. Unos migrantes están ubicados en crecientes asentamientos en las zonas externas a las terminales de transportes, ante la ausencia de articulación de políticas estatales sobre este drama. Otros migrantes se encuentran en actividades de mendicidad, por la misma causa.
    3. La inmensa mayoría de estos migrantes reúnen los presupuestos jurídicos establecidos por los órganos internacionales para ser tratados como refugiados y no como simples migrantes.
    4. Jurídicamente se presenta una colisión de derechos-principios: los de los refugiados a elementales derechos fundamentales y los de la municipalidad a derechos colectivos como la salubridad, la seguridad, y el medio ambiente. La forma jurídica de atender la colisión es la de armonización de derechos, estableciendo albergues en condiciones dignas bajo parámetros internacionales para los refugiados, lo que simultáneamente asegurará los derechos colectivos de los nacionales.
    5. Sin embargo, el Estado no ha realizado la planificación de una medida articulada y sostenida de los albergues. La solidaridad social que ha mostrado la comunidad Colombia no es suficiente. Se necesita una respuesta institucional, no solo local sino nacional, que articule y direccione acciones concretas de protección humanitaria al fenómeno de los migrantes refugiados.
    6. Ante la ausencia de intervención del gobierno nacional pueden los órganos de control nacional evidenciar ante el Presidente de la República la necesidad de declarar la emergencia social en los términos del artículo 215 de la Constitución Política. Simultáneamente el canciller debe actuar con más eficacia para impulsar un cerco diplomático por parte de la OEA y la ONU para presionar internacionalmente la solución a la crisis humanitaria.
    7. Frente a las trabas al ingreso impuestas a los venezolanos por los gobiernos de Ecuador, Perú, Chile y Brasil, es necesario obtener el pronunciamiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, órgano que puede en una medida cautelar conminar a estos Estados a que revoquen las trabas administrativas existentes y abstenerse de emitir nuevas medidas que atenten contra el derecho internacional de los refugiados. Las normas vigentes son: 1) la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (ratificada por la ley 35 de 1961); 2) el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados (ratificado por la ley 65 de 1969); 3) la Declaración de los Refugiados de Cartagena y 4) la Convención Americana de Derechos Humanos, art. 22 (ratificada por la ley 16 de 1972).
    8. Entre tanto las alcaldías cuentan con medidas jurídicas como la declaratoria de emergencia humanitaria, y la excepción de inconstitucionalidad para reconocer a los migrantes el estatus de refugiados y así realizar modificaciones y traslados presupuestales para su protección eficaz, declaraciones que expresamente habilitan los principios fundantes del estado social de la dignidad, la solidaridad y el interés general.